Asociación

La Asociación Mexicana de Escuelas y Facultades de Farmacia, A.C. (AMEFFAR) está constituida por representantes catedráticos de diferentes Universidades del país, concebida en 1998 con el propósito de apoyar la calidad de la educación farmacéutica.

ANTECEDENTES

La Asociación Mexicana de Escuelas y Facultades de Farmacia, A. C. por sus siglas AMEFFAR, está constituida por representantes catedráticos de diferentes Universidades del país, concebida en 1998 con el propósito de apoyar la calidad de la educación farmacéutica, se formalizó el 31 de octubre de 2003, ante el notario número 41 del Distrito Federal, con la escritura 85,247.

Fue instituida inicialmente por: La Facultad de Farmacia de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, la Facultad de Estudios Superiores. Zaragoza de la UNAM y la Facultad de Ciencias Químicas de la Universidad Autónoma de Nuevo León.

Portfolio

EXPRESIDENTES

  • 2003 – 2007 Dra. Carmen Giral Barnés – Universidad Autónoma del Estado de Morelos
  • 2007 – 2009 Dr. Alejandro Nieto Rodríguez - Universidad Autónoma del Estado de Morelos
  • 2010 -2013 Dra. Yolanda A. Gracia Vásquez - Universidad Autónoma de Nuevo León
  • 2013 – 2018 Dra. Rosa Issel Acosta González - Universidad Autónoma de Tamaulipas
  • 2018 – 2022 M. en C. María Elena González López - Universidad Autónoma Aguascalientes
  • 2022 – 2025 QFB. Alfonso Trujillo Valdivia – Universidad de Guanajuato

OBJETIVOS

  • La promoción del mejoramiento de la educación y formación de profesionales especializados en las ciencias farmacéuticas en la República Mexicana, por conducto de las instituciones Especializadas en la impartición de conocimientos inherentes a dicha disciplina.

  • El intercambio de conocimientos y experiencias técnicas, administrativas y operativas con toda clase de organismos, dependencias u organizaciones, públicas o privadas, directa o indirectamente relacionadas con la enseñanza y la formación profesional de estudiantes de las ciencias farmacéuticas, tanto dentro del territorio nacional como en el extranjero.

  • Constituirse en órgano de consulta para entidades gubernamentales, universidades e instituciones, ya sean nacionales o extranjeras, directa o indirectamente relacionadas con la enseñanza y formación profesional de personas interesadas en la obtención de conocimientos en las ciencias farmacéuticas.

  • La promoción, organización, fomento y cualquier otra forma de participación en la programación, desarrollo y ejecución de toda clase de actos cuya finalidad tenga relación directa o indirecta con la educación y la capacitación en las ciencias farmacéuticas.

  • Conducir, promover, patrocinar o llevar a cabo trabajos, estudios o investigaciones, individual o en forma conjunta con dependencias gubernamentales, universidades, instituciones, sociedades o asociaciones, tanto nacionales como extranjeras, interesadas en la educación y la enseñanza de las ciencias farmacéuticas.

  • La promoción y el fomento por cualquier medio a su alcance en la formación, capacitación y mejoramiento del personal docente y técnico-docente, abocado a la educación y enseñanza de las ciencias farmacéuticas.

  • La prestación y contratación de servicios técnicos, científicos, consultivos y de asesoría; así como la realización y celebración de los actos o convenios relacionados con dicho propósito.

MISIÓN

Nuestra misión es promover el mejoramiento de la educación y formación de profesionales especializados en las Ciencias Farmacéuticas en la República Mexicana.

VISIÓN

Que la Asociación Mexicana de Escuelas y Facultades de Farmacia, A.C. (AMEFFAR), sea una asociación que aglutine e informe a las instituciones de y facultades de Farmacia que impacte en la formación del capital humano .

ORGANIGRAMA

ASAMBLEA DE ASOCIADOS

La Asamblea de Asociados Institucionales es el órgano supremo de gobierno de la Asociación, por ende, en ella reside la autoridad máxima para la decisión de cualquier asunto relacionado con la Asociación aún aquellos que, por razones prácticas, hayan sido delegados o en el futuro se deleguen a otros órganos o instancias de la propia Asociación.
Portfolio

MESA DIRECTIVA PARA EL PERIODO JULIO 2022 – JULIO 2025.

Presidencia QFB. Alfonso Trujillo Valdivia, representante de la Universidad de Guanajuato.

Vicepresidencia MC. Laura Ramírez Quintanilla, representante de la Universidad de Autónoma de Tamaulipas.

Vocalías por regiones según ANUIES

Vocal I Región Centro Sur, M. en C. Elena Guadalupe Olvera Hernández, representante de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo.

Vocal II Región Sur Sureste, Dra. Doralba Barrita Betanzos, representantes de la Universidad Autónoma de Chiapas.

Vocal III Región Metropolitana, Vacante

 

Vocal IV Región Centro Occidente, Dra. Silvia Yolanda Martínez Salazar y el Mtro. Marco Antonio Cardona López, representantes del Centro Universitario de la Ciénega de la Universidad de Guadalajara.

Vocal V Región Noreste, Dra. Raquel García Avalos, representante de la Universidad del Noreste.

Vocal VI Región Noroeste, Vacante

La integración de los representantes institucionales para las Comisiones de la AMEFFAR es:

 

Comisión Académica:

  • Dra. Judith González Christen,
  • representante de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos hay 2 vacantes representantes institucionales.

Comisión de Membresías: Vacantes

 Comisión de Honor y Justicia:

  • Dr. Daniel Leocadio Victoria, representante de la Universidad de Ixtlahuaca hay 2 vacantes representantes institucionales

CONSEJO DIRECTIVO

La administración de la Asociación estará a cargo de un Consejo Directivo, el cual durará en su encargo tres años y estará integrado por:

⦁ Presidente

⦁ Vicepresidente

⦁ Seis Vocales conforme a la distribución a las zonas representativas, de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES)

⦁ Secretario Ejecutivo

El vicepresidente y los vocales serán elegidos por la Asamblea de Asociados Institucionales. El secretario será designado por el Presidente del Consejo Directivo y durará en su encargo tres años, pudiendo extender dicho término a juicio de quienes gozan de la facultad de designarlos.

Existirá, además, un Consejo Consultivo integrado por los ex-presidentes de la asociación en calidad de cuerpo asesor, respecto de los problemas y asuntos que le encomiende la Asamblea de Asociados Institucionales; sus miembros no tendrán injerencia directa en las funciones administrativas de la asociación.

La elección de los miembros del Consejo Directivo es derivada de su carácter de Representantes Institucionales, por lo cual el desempeño de esos puestos y su permanencia en el seno de dicho Consejo está condicionado a que los designados tengan y conserven tal calidad, por lo que se aplicarán al respecto las siguientes reglas:

  1. Los miembros del Consejo Directivo serán elegidos por voto directo, simple y secreto de los representantes institucionales.
  2. Se considerará elegido aquel candidato que haya recibido mayoría simple de los votos de Asociados Institucionales.
  3. Tendrán derecho a emitir su voto los Asociados Institucionales que se encuentren al corriente en el pago de sus cuotas en la Asociación
  4. Se procederá a elegir en primer lugar al vicepresidente y enseguida a los vocales.
  5. En los casos en que alguno o algunos de los miembros del Consejo Directivo en funciones, dejen de ostentar la calidad de representante institucional, antes de la terminación del periodo de tres años para el que hayan sido electos, serán substituidos hasta completar ese plazo por quien este nombrado como substituto de dicho Representante Institucional y con la condición de que conserve los requisitos previamente establecidos.
  6. Con objeto de lograr continuidad en los programas de la Asociación, el Vicepresidente electo por la Asamblea de Asociados Institucionales para un determinado periodo, pasará a ocupar la presidencia del Consejo Directivo en el periodo inmediato siguiente.
  7. Toda vez que la calidad de miembro del Consejo Directivo se atribuye en función de la representación que ostenten, salvo en el caso de secretario, en el ejercicio de las respectivas funciones, no habrá más substituciones que las expresamente previstas en estos estatutos.

Corresponde al Presidente de la AMEFFAR, la representación del Consejo Directivo para ejecutar los acuerdos y desempeñar todas las funciones de este, con la anuencia del Consejo directivo.

Son facultades y atribuciones específicas del presidente las siguientes:

  1. A) Tener la representación legal de la asociación y el uso de la firma social con todas las facultades generales y especiales

El Vicepresidente del Consejo Directivo suplirá al Presidente en sus ausencias temporales o eventuales en cuyas circunstancias y durante todo el tiempo que las mismas subsistan asumirá la representación del Consejo Directivo y de la asociación en los términos establecidos en el Artículo correspondiente de estos Estatutos. El Vicepresidente tendrá la obligación de asistir a todas las sesiones del Consejo Directivo y a las Asambleas de Asociados Institucionales que se celebren.

COMISIONES

Para auxilio de la Asociación en sus funciones se crearán las siguientes comisiones:

  • A) Académica.
  • B) Honor y Justicia
  • C) Membresía

El período de trabajo de esta comisión será de 3 años.

COMISIÓN ACADÉMICA

La Comisión Académica es un órgano colegiado permanente que tiene como objetivo la planeación, organización y coordinación de actividades académico-administrativas; con carácter resolutivo y que depende del Consejo Directivo de la Asociación Mexicana de Escuelas y Facultades de Farmacia, A.C. (AMEFFAR)

Estará integrada con voz y voto por:
• El Presidente del Consejo Directivo de la AMEFFAR
• Un Miembro Representante de las Regiones
• Tres Miembros Institucionales

Podrán participar con voz todos los Miembros Institucionales.
La Comisión Académica será elegida por votación en Asambleas Ordinarias.

Funciones

• Propiciar la Educación Continua en coordinación con el Consejo Directivo de la AMEFFAR.
• Opinar sobre las propuestas de reconocimiento de miembros individuales y miembros honorarios por su destacada participación en la Asociación y de acuerdo con el reglamento correspondiente, así como vigilar la correcta aplicación del reglamento.
• Opinar sobre las propuestas de reconocimiento de extranjeros que podrán fungir como asesores externos para su participación en la Asociación y de acuerdo con el reglamento correspondiente
• Determinar sobre las solicitudes de incorporación a la Asociación Mexicana de Escuelas y Facultades de Farmacia, A.C. (AMEFFAR) de las IES.
• Dictaminar sobre los programas académicos de posgrado una vez que las IES los presenten a la Asociación Mexicana de Escuelas y Facultades de Farmacia, A.C. (AMEFFAR para que estos sean propuestos como apoyo a otras IES miembros de la Asociación, así como a Organismos Federales y Estatales.
• Revisar y aprobar propuestas de Educación Continua, creando una base de datos por parte de AMEFFAR, para difundir a las IES (diplomados, cursos, simposios, seminarios, etc.)
• Resolver los asuntos académicos que ponga a su consideración el Consejo de la Asociación Mexicana de Escuelas y Facultades de Farmacia, A.C. (AMEFFAR)
• Poner a consideración del Consejo Directivo de la Asociación Mexicana de Escuelas y Facultades de Farmacia, A.C. (AMEFFAR) asuntos que requieran la decisión o que sean de competencia del Consejo Directivo.
• Liderar el proceso de la determinación de Mínimos Curriculares para el desarrollo del farmacéutico en el ámbito nacional.
• Evaluación de solicitudes de apoyo económico solicitadas por las IES para la organización de eventos científicos (para estudiantes).
• Establecer y revisar las políticas de admisión
• Sesionará cada vez que reciba propuestas del Consejo Directivo de AMEFFAR y será convocada por el Presidente del Consejo.
• Entregará informes y recomendaciones por escrito al Consejo Directivo de AMEFFAR, en caso de ser necesario acompañado de los documentos probatorios correspondientes y éste tomará la última decisión.
• Apoyar en la organización de reuniones y eventos académicos a la AMEFFAR y a las IES que así lo requieran.
• La Comisión Académica durará en su cargo lo mismo que el Consejo Directivo
• Las reuniones podrán llevarse a cabo con al menos tres de los cinco integrantes
• Las reuniones tendrán carácter de privado y las resoluciones que allí se tomen serán de carácter confidencial.
• Las resoluciones serán tomadas por votación considerando al menos tres de los cinco votos.
• De todas las reuniones se deberá levantar el acta correspondiente.

COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA

La Comisión de Honor y Justicia es un órgano colegiado permanente que tiene como objetivo la vigilancia y cumplimiento de los estatutos y reglamentos de la Asociación Mexicana de Escuelas y Facultades de Farmacia, A.C. (AMEFFAR)
La Comisión Académica será elegida por votación directa en Asamblea Ordinaria, teniendo una duración por tres años y estará integrada con voz y voto por:
• El Presidente del Consejo Directivo de la Asociación Mexicana de Escuelas y Facultades de Farmacia (AMEFFAR)
• Un representante de una de las regiones del Consejo Directivo.
• Tres Miembros Institucionales
La Comisión de Honor y Justicia será elegida por votación en Asambleas Ordinarias.
Funciones:
• La comisión vigilará y salvaguardará el cumplimiento de los estatutos y reglamentos por parte de todos los asociados, cuidando la honorabilidad y su responsabilidad de este importante grupo de profesionales y académicos ante la sociedad.
• La comisión recibirá del Consejo Directivo un informe anual por escrito de las actividades realizadas, por medio del cual dará observancia del cumplimiento de los estatutos y reglamentos por parte de este órgano colegiado.
• Vigilará (revisará) el desempeño de los asociados en su actividad profesional (académica) cuidando la honorabilidad y la responsabilidad ante la sociedad.
• Reconocerá el desempeño de los asociados distinguidos.
• Promoverá el homenaje a asociados que por su trayectoria así lo ameriten.
• Establecerá los criterios para los reconocimientos respectivos.
• La comisión entregará al presidente un reporte anual de las actividades realizadas.
• Dictaminar sobre las propuestas de reconocimiento de miembros individuales y miembros honorarios por su destacada participación en la Asociación y de acuerdo con el reglamento correspondiente, así como vigilar la correcta aplicación del reglamento.
• Dictaminar sobre las propuestas de reconocimiento de extranjeros que podrán fungir como asesores externos para su participación en la Asociación y de acuerdo con el reglamento correspondiente
• El período de trabajo de esta comisión será de 3 años.
• Las reuniones podrán llevarse a cabo con al menos tres de los cinco integrantes
• Las reuniones tendrán carácter de privado y las resoluciones que allí se tomen serán de carácter confidencial.
• Las resoluciones serán tomadas por votación considerando al menos tres de los cinco votos.
• De todas las reuniones se deberá levantar el acta correspondiente.

COMISIÓN DE MEMBRESÍAS

La Comisión de Membresía es el organismo designado para analizar las solicitudes de ingreso de nuevos miembros y proponer a la Asamblea en su caso la admisión.
La Comisión de Membresía será elegida por votación directa en Asamblea Ordinaria, teniendo una duración por tres años y estará integrada con voz y voto por:
• El Presidente del Consejo Directivo de la Asociación Mexicana de Escuelas y Facultades de Farmacia (AMEFFAR)
• Un representante de una de las regiones del Consejo Directivo.
• Tres Miembros Institucionales
Funciones:
• Debe de evaluar y proponer el ingreso de instituciones y/o individuos de acuerdo a las categorías reconocidas:
Asociado Institucional
Asociado Individual
Asociado honorario
Expresidentes

• Actualizará anualmente las membresías de cada uno de los integrantes de la asociación, revisando en cada caso el cumplimiento de lo establecido en nuestro reglamento para mantener activo su membresía, en caso contrario hará una recomendación a la mesa directiva para que se le haga un atento recordatorio para que cumpla con sus compromisos.
• En caso de encontrar alguna causa justificada que no competa a sus atribuciones y considere que deberá de ser evaluado, podrá turnar el caso a la comisión de honor y justicia.
• Se reunirá por lo menos una vez al año para analizar y dictaminar en las diferentes solicitudes de membresía o renovación de la misma, tanto en representantes Institucionales como individuales.

STAFF OPERATIVO

La función del personal administrativo será coadyuvar para la realización de las actividades del plan de trabajo del Consejo Directivo.

 

La definición de los puestos y funciones específicas del personal administrativo serán decisión exclusiva del Consejo Directivo. Se deberá designar un Director Ejecutivo que será responsable de la coordinación cotidiana del personal administrativo, bajo la supervisión del Consejo Directivo.

ACTUALMENTE APOYAN A LA AMEFFAR:

  • SECRETARIO EJECUTIVO
  • ASISTENTE